¿ COMO SE REPARTE UNA HERENCIA ?
¿Quiénes heredan forzosamente?
Los llamados “herederos forzosos”.
¿ Quienes son herederos forzosos ?
- Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- Los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes, a falta de los anteriores.
- El viudo o viuda.
¿ Como se reparte una herencia ?
Toda herencia se divide en tres partes. La legítima de los hijos y descendientes que son 2/3 partes y la 1/3 parte restante que se llama de libre disposición.
Dentro de las 2/3 partes que corresponden a los hijos se incluye el tercio de mejora, que supone la posibilidad de “mejorar” no solo a los hijos sino también a los nietos, aún habiendo hijos.
¿ Cuanto es la legítima de los hijos ?
La legítima de los hijos y descendientes la constituyen las 2/3 partes del haber hereditario del padre y de la madre.
Es decir, dividiremos lo que haya que repartir en tres partes y a los hijos les corresponde dos.
¿ Puedo “mejorar” a unos hijos y a otros no ?
Sí. A uno o varios les puedo dar el llamado tercio de mejora. O sea 1/3 parte , y a su vez, a partes iguales o desiguales.
Hay que tener en cuenta que este tercio de mejora forma parte de las dos terceras partes a las que hemos hecho referencia con anterioridad, es decir, de las dos tercios de legítima.
¿ Que ocurre con la tercera parte restante ?
La tercera parte restante es de “libre disposición”. Es decir , puedo dársela a cualquier persona, aunque no sea un familiar.
¿ Cuanto es la legítima del cónyuge viudo ?
La legítima del cónyuge que queda viudo es 1/3 parte de la herencia, pero en usufructo, no en propiedad, si concurre a la herencia con los hijos o descendientes, o sea los nietos, y recae sobre el tercio de mejora.
Para que el cónyuge que queda viudo tenga derecho a la legítima es necesario que al morir su consorte no esté separado de éste judicialmente o de hecho.
En definitiva, hay que tener en cuenta que en el reparto de la herencia 2/3 partes corresponden a los hijos obligatoriamente, si bien se puede dar más a unos que a otros utilizando para ello el tercio llamado de mejora.
Una tercera parte, el tercio de legítima, obligatoriamente es para los hijos y por partes iguales, y no se puede dar mas a un hijo que a otro, a diferencia de lo que se puede hacer con el tercio de mejora, y para disponer libremente queda el tercer tercio llamado por ello de “libre disposición”.
Por lo tanto, hay tres tercios: el de legítima, el de mejora, y el de libre disposición.