DETENIDO Y PUESTO EN LIBERTAD TRAS AGREDIR SEXUALMENTE A UNA MENOR EN AGUAS INTERNACIONALES

Gonzalo Marco

Gonzalo Marco

13/04/2019

DETENIDO Y PUESTO EN LIBERTAD TRAS AGREDIR SEXUALMENTE A UNA MENOR EN  AGUAS INTERNACIONALES

La Policía Nacional detuvo el pasado jueves, día 11 de abril, en Valencia a un joven de nacionalidad italiana por la presunta agresión sexual a una menor de edad, 17 años,  de nacionalidad británica, en el interior de un camarote de un barco que navegaba entre Mallorca y Valencia en aguas internacionales haciendo un crucero. La menor viajaba acompañada de sus padres.

¿ Que  es lo que ocurrió?

Los hechos sucedieron cuando el barco navegaba en el Mediterráneo entre  Palma de Mallorca y Valencia.

De madrugada el detenido abordó a la menor y la introdujo por la fuerza en su camarote, donde la agredió sexualmente.

Al llegar al puerto de Valencia el capitán del barco comunicó a la autoridad portuaria que una de las pasajeras, menor de edad, había sido agredida sexualmente por otro pasajero, el cual estaba identificado, pero no retenido.

La autoridad portuaria comunicó los hechos  a la Policía Nacional y al Juzgado de Guardia, lo que puso en marcha la investigación judicial.

 La menor acompañada de sus padres presentó una denuncia  en  la comisaría de policía del Puerto de Valencia, mientras agentes de la policía nacional de la Unidad de Familia y Mujer (UFAM) se desplazaron al lugar para realizar la diligencias correspondientes.

Los agentes acompañaron a la menor  al Hospital “La Fe” de Valencia, donde fue asistida.

Posteriormente, la Policía se desplazó al barco y, con la autorización previa del capitán, inspeccionaron el camarote en el que tuvo lugar la presunta agresión, donde tomaron muestras biológicas.

El juez de guardia de Valencia ordenó a la Policía la detención del presunto agresor y se verificase si tenía residencia en España, siendo detenido por la policía al regresar de nuevo al barco,  como la mayor parte de los pasajeros, tras visitar Valencia.

La instrucción de las diligencias policiales duraron varias horas.

Para entonces el barco ya había zarpado del Puerto de Valencia continuando su ruta en dirección  a Marsella con el resto de los pasajeros, incluidas la víctima y su familia.

Posteriormente el detenido fue puesto a disposición judicial por la policía, acordando el juez su puesta en libertad tras resultar de las diligencias policiales que la presunta agresión sexual se realiza fuera del territorio nacional, en un barco con bandera panameña, en aguas internacionales, y el denunciado era extranjero (nacionalidad italiana) sin residencia en España.

No obstante, las diligencias policiales continúan, pues las muestras biológicas y la ropa de la víctima recogidas en el barco han sido entregados en el Instituto de Medicina Legal de Valencia para su examen, para posteriormente poder cotejarlas con el ADN del detenido.

¿Porqué fue puesto en libertad por el Juez de Guardia ?
Porque el delito se comete fuera del territorio español, en un barco con bandera panameña, en aguas internacionales,  y el presunto agresor no tiene residencia en España, es un ciudadano extranjero sin residencia habitual en España.

¿ Si hubiese tenido residencia habitual en España no hubiera sido puesto en libertad por el Juez de Guardia ?
Así lo establece la ley. Hubiera seguido detenido y probablemente hubiera ingresado en prisión.

¿Si la víctima hubiese sido de nacionalidad española se le habría puesto en libertad  ?
No. Hubiera seguido detenido y probablemente hubiera ingresado en prisión.

¿ Y si la víctima de nacionalidad británica hubiese tenido  residencia habitual en España se habría puesto en libertad al detenido ?
No. Hubiera seguido detenido y probablemente hubiera ingresado en prisión.

Por lo tanto, al cometerse el delito fuera del territorio nacional, en un barco con bandera panameña y en aguas internacionales es necesario que, al menos, el presunto agresor hubiese tenido su residencia habitual en España o, al menos, la víctima hubiese tenido su residencia habitual en España.

En cualquier supuesto, es necesario, como es el caso, que la víctima sea menor de edad, pues, en caso de no serlo y aún cuando se diesen cualquiera de los requisitos anteriores, la jurisdicción española no tiene competencia para poder actuar contra el presunto agresor al cometerse el delito  fuera del territorio nacional.

¿En que ley se establece todo esto ?
En la Ley Orgánica de Poder Judicial, en su artículo 23 , apartado 4, , modificado  por ley de 13 de marzo de 2.014    sobre  justicia universal. Hace 5 años. 

Queda pendiente de determinar que jurisdicción va a instruir y juzgar este presunto delito de agresión sexual.